1908
En 1908, la Prefectura de Potosí decidió otorgar también en Concesión las aguas del Silala a la misma empresa (hoy FCAB) que las usufructuaba en Chile sin haber dispuesto una compensación económica o un plazo de vigencia.
En su solicitud de concesión, la FCAB alegó que requería usar “las vertientes que forman el río Siloli que corren en territorio chileno” a fin de alimentar sus máquinas, para lo cual proponía realizar obras de captación y canalización.